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CÁMARA DE DIPUTADOS - REGULARIZACION DEL DERECHO PROPIETARIO
REGULARIZACION DEL DERECHO PROPIETARIO PARTE DE LA NECESIDAD URBANA, Y BENEFICIA A TODOS
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en su estación en detalle, con
modificaciones, el proyecto de ley Nº 386/2012-2013 de Regularización del
Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos destinados a Vivienda.
“Hay varias modificaciones que se han hecho, pero que parten de una
necesidad urbana, y no es algo que se nos ha ocurrido desde el Ejecutivo
o desde el Legislativo, esto parte de un trabajo conjunto que viene desde
el 2010”, señaló la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado.
Por su parte, la presidenta de la Comisión de Organización Territorial del
Estado y Autonomías, Betty Tejada, saludó la iniciativa de la CONALJUVE
que propició este proyecto “que atiende las necesidades de la población”.
“Es importante atender una problemática que no hace a un partido, sino
hace a toda la estructura social, y estamos haciendo una ley que favorecerá
a todos y todas, no sólo a los masistas”, aseveró.
La presente norma en su artículo 1, que propicia el objeto de la ley, establece
que “regularizará el derecho a la propiedad de personas que se encuentran en
posesión continua, pública, pacífica y de buena fe, de un bien inmueble, ubicado
dentro el radio urbano”.
También determina la delimitación de las áreas urbanas, a cargo de los gobiernos
municipales, en un plazo no mayor a dos años. Asimismo, se estableció que sólo se
puede regularizar un solo bien inmueble a nivel nacional.
En esa misma línea, se incluyó una disposición adicional, que establece que en caso
de los matrimonios, uniones libres, o de hecho, comprobadas, el título de regularización
del derecho propietario será emitido a favor de ambos cónyuges.
El documento también establece que los bienes inmuebles que serán sujetos a la
regularización, son las viviendas que fueron ocupadas al menos cinco años y no
así los que están en calidad de prenda, alquiler o anticrético, respetando siempre
la propiedad privada, tal como lo establece la Constitución Política del Estado.
Entre los requisitos para admitir la demanda de regularización están: la declaración
testifical de dos colindantes o vecinos, recibo de pagos de servicios públicos, con la
dirección exacta del inmueble, y cédula de identidad o registro biométrico entre otros.
Una vez aprobada esta norma fue remitida a la Cámara de Senadores, para su
tratamiento y posterior remisión al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
PRENSA DIPUTADOS (09.05.12)
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